La compra de viviendas segregadas es uno de los atractivos que llaman la atención a muchos inversores. En los últimos tres años, el Ayuntamiento de Bilbao ha permitido poner en marcha la segregación de 70 viviendas. Del total de viviendas segregadas, destaca el barrio de Abando con 52 viviendas segregadas en total.
Pero… ¿Cuáles son los requisitos para segregar la vivienda?
Dentro del Plan General del Ayuntamiento de Bilbao, el articulo 7.2.14. «Intervención sobre edificios existentes que den lugar a nuevas viviendas por división o cambio de uso» se exponen una serie de articulos a cumplir a la hora de poner en marcha una segregación. A continuación te resumimos los más importantes:
– Se admitirá como máximo la aparición de dos viviendas por cada una de las existentes en la licencia de construcción del edificio.
– Con carácter general no se admitirán segregaciones de viviendas que, contando inicialmente con fachada a patio interior de parcela, den lugar a otras que no la tengan.
– Las divisiones de viviendas no darán como resultado la creación de servidumbres de paso de redes de instalaciones entre elementos privativos de viviendas de una misma planta.
– El acceso desde el núcleo vertical de comunicaciones no se verá modificado por el incremento del número de viviendas.
– Sólo se admitirán divisiones de viviendas en edificios que dispongan de ascensor.
– Toda pieza habitable ( partes de la vivienda a excepción de los baños, aseos, pasillos, distribuidores y despensas o similares), deberá ser exterior. Por exterior se entiende:
a) Dar frente a una vía pública, calle o plaza.
b) Tener fachada sobre un espacio libre de edificación de carácter público.
c) Dar a un espacio libre de edificación de carácter privado, que cumpla las condiciones mínimas necesarias para las viviendas exteriores.
d) Dar a un patio que cumpla las normas correspondientes en cuanto a sus dimensiones.
– La vivienda mínima tendrá 45 m2, se compondrá de una habitación o pieza habitable, en la que se podrán agrupar las funciones de estar, comedor y cocina ; de un dormitorio principal y de un cuarto de baño.
– La superficie útil de las piezas se ajustará en todos los casos a las siguientes dimensiones mínimas:
– En las viviendas con superficie útil inferior a 60 m2, al menos una de las piezas habitables tomará luces y vistas de alineación exterior o interior autorizada, pudiendo el resto tomarlas de patios de parcela.
En las viviendas con superficie útil superior a 60 m2, al menos dos de las piezas habitables deberán tomar luces y vistas desde alineación exterior o interior autorizada.
Como veis, la segregación de la vivienda ¡no es simplemente poner un tabique!. Si quieres que te ayudemos con tu vivienda, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos.
Fuente: MKS
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